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EL CALOR TAMBIÉN ES UN RIESGO LABORAL: LAS COMUNIDADES DEBEN ESTAR PREPARADAS

jardinero en comunidades de propietarios

El aumento de las temperaturas y la mayor frecuencia de fenómenos meteorológicos extremos han convertido el calor en uno de los riesgos laborales más relevantes del verano. Las comunidades de propietarios, como empleadoras de personal propio —conserjes, porteros, personal de limpieza, mantenimiento o jardinería— tienen la obligación legal de garantizar la seguridad y salud de sus trabajadores, adaptando la organización del trabajo cuando las condiciones meteorológicas puedan suponer un riesgo.

La pregunta que debe hacerse una comunidad no es:
“¿Puede seguir trabajando la persona trabajadora?”

La pregunta correcta es:
“¿Cómo reorganizamos su trabajo para que pueda hacerlo con seguridad?”

¿Qué obliga la normativa?

La legislación en materia de Prevención de Riesgos Laborales establece que la evaluación de riesgos debe contemplar las condiciones ambientales y adoptar las medidas necesarias para evitar daños a la salud. Durante episodios de calor intenso o avisos meteorológicos por temperaturas extremas, es imprescindible revisar la organización del trabajo y aplicar medidas preventivas específicas.

Medidas recomendadas para las Comunidades de Propietarios

🔶 Reorganizar las tareas exteriores —limpieza de patios, jardinería, movimiento de contenedores— para realizarlas en las primeras horas de la mañana.

🔶 Reservar para las horas de mayor temperatura aquellas tareas que puedan desarrollarse en el interior del edificio.

🔶 Incrementar las pausas de recuperación cuando las condiciones ambientales lo requieran.

🔶 Garantizar el acceso permanente a agua potable fresca.

🔶 Disponer de un espacio fresco o climatizado donde el trabajador pueda recuperarse durante los descansos.

🔶 Facilitar ropa de trabajo ligera y transpirable y, cuando proceda, gorra, gafas de protección solar y protector solar para los trabajos al aire libre.

🔶 Informar a los trabajadores sobre los síntomas del estrés térmico y del golpe de calor, así como sobre el procedimiento de actuación ante una emergencia.

🔶 Prestar especial atención a las personas especialmente sensibles por razón de edad, patologías previas o tratamientos médicos.

🔶 En comunidades con accesos o ventanas orientadas a distintas latitudes, abrirlas para favorecer la circulación del aire, asegurando que no suponen riesgo de atrapamiento por cierre súbito.

🔶 En comunidades donde solo existan ventanas o puertas orientadas al sur y sin circulación de aire, es más recomendable mantenerlas cerradas para evitar que el calor eleve la temperatura de las zonas comunes.

🔶 Los trabajos en las partes más altas del edificio deben realizarse a primera hora de la mañana, evitando la concentración de calor en esas zonas.

La clave está en la organización del trabajo

La prevención frente al calor no consiste únicamente en proporcionar agua o recomendar precaución. La medida más eficaz es adaptar la organización del trabajo a las condiciones meteorológicas: modificar horarios, redistribuir tareas, reducir la exposición continuada al sol, alternar trabajos de mayor y menor esfuerzo físico o aplazar aquellas actividades no urgentes que puedan suponer un riesgo para la salud.

Actuación ante un golpe de calor

Si un trabajador presenta mareo, dolor de cabeza, confusión, desorientación, piel muy caliente o pérdida de conciencia, deberá:

  1. Interrumpirse inmediatamente la actividad
  2. Trasladarlo a un lugar fresco
  3. Iniciar medidas de enfriamiento
  4. Contactar de forma urgente con los servicios de emergencia a través del 112

En Grupo GTG te podemos ayudar:

Desde Grupo GTG asesoramos a comunidades de propietarios y administradores de fincas en el cumplimiento de todas sus obligaciones en materia de Prevención de Riesgos Laborales, adaptando la evaluación de riesgos a las condiciones reales de cada comunidad, incluidos los riesgos derivados de las condiciones meteorológicas extremas.

📞 91 448 47 02
✉️ comercial@grupogtg.net
🌐 www.grupogtg.com

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