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Inspecciones que deben pasar todos los edificios

¿Alguna vez te has preguntado si el edificio dónde vives, pasa las inspecciones obligatorias? ¿Sabes qué clase de inspecciones deben de pasar todos los edificios? O incluso más importante, ¿Sabes cada cuánto deben de pasarlas? Hoy queremos explicar con detalle el número de inspecciones que tienen que realizar los edificios y plazos.

Número actual de Inspecciones que deben realizar los Edificios y Plazos:

  • Inspecciones de Eficiencia Energética de determinadas instalaciones térmicas en edificios.

Se debe pasar una inspección periódica de eficiencia energética en instalaciones térmicas (calefacción, aire acondicionado y agua caliente sanitaria) de más de 70kW.

a) Si es GAS, cada cuatro años. (RD10/2014)

b) Si es GASOIL, cada dos años. (RD10/2014)

  • Control de las Inspecciones periódicas realizadas de las instalaciones térmicas.

a) Cada doce años

  • Informe sobre accesibilidad del edificio (Antes del 4 de Diciembre de 2017).

La ley general de derechos de las personas con discapacidad establece la obligatoriedad de adecuar las condiciones básicas de accesibilidad de los edificios existentes en lo que sea susceptible de ajustes razonables.

  • Informe de la evaluación de eficiencia energética de edificios. 

a) Cada diez años (RD Legislativa 7/2015. de 30 de Octubre)

  • Servicio de Ascensores 

El titular del ascensor es el propietario del mismo y es responsabilidad suya mantener el aparato en perfecto estado de funcionamiento. Sin embargo, será la empresa contratada la que se encargue de llevar a cabo las revisiones necesarias.

  • Revisión de Tanques de almacenamientos de gasoil 

El objetivo de realizar este tipo de revisiones es el de prevenir escapes accidentales, asegurar el estado de los tanques y obtener una visión clara de la capacidad y el volumen de estos.

  • Inspección técnica de edificios, ITE (cada diez años)

La ITE es el proceso que permite a los propietarios cumplir con la normativa de conservar el estado de seguridad, salubridad y ornato de su edificio. En la inspección se comprobará si los elementos existentes se encuentran en buen estado de conservación, pero no se obliga en ningún caso a realizar obras de adaptación. Se debe realizar cada diez años.

  • Inspección de Instalaciones eléctricas comunes de baja tensión (Cada diez años).

Debe de realizarse este tipo de inspecciones siempre que haya:

  1. Alumbrado exterior con más de 5kW de potencia.
  2. Cualquier actividad Industrial con más de 100kW de potencia instalada.
  3. Garajes para más de 25 vehículos.
  4. Locales de pública concurrencia.
  5. Locales con riesgo de incendio.
  6. Quirófanos
  7. Zonas comunes de edificios de viviendas con más de 100kW de potencia.
  8. Otros.
  • Reglamento de instalaciones de protección contra incendios (Revisiones trimestrales)

Se abordan las condiciones y requisitos que deben de cumplir los equipos y sistemas de protección contra incendios de un edificio.

Como veis, es de vital importancia saber cuáles son las inspecciones a las que debe enfrentarse un edificio y cada cuánto deben pasar por ellas. Conviene recordar que estamos hablando siempre según la normativa que rige la Comunidad Autónoma de Madrid, y que bien puede ser distinta a la normativa correspondiente de, por ejemplo, Cataluña. Ahora ya puedes saber si el edificio de tu comunidad de propietarios pasa todas las inspecciones que, por ley, son obligatorias. Esperamos que este post haya servido para clarificar vuestras dudas y os instamos a comentar si seguís teniendo alguna duda. No tardaremos en resolverla.

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