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No se podrán alquilar pisos turísticos en Madrid a turistas por menos de 90 días

Este Martes la Comunidad de Madrid aprobó un nuevo decreto acerca de la vivienda turística después del anuncio que hizo el Ayuntamiento para reducir consecuencias del alquiler vacacional.

Antes, desde que se aprobara el anterior decreto en 2014, el Ayuntamiento permitía a los propietarios alquilar su vivienda hasta 90 días al año ya que se amparaba en la definición que esa norma hacía de que es una VUT (Vivienda de Uso Turístico), pero ahora, se ha modificado esa definición al eliminar el plazo de tres meses que era necesario para considerar un inmueble como VUT.

El asunto es que todos los pisos de la ciudad tendrán que cumplir con todos los requisitos del Ayuntamiento: una licencia y disponer un acceso para un área que aproximadamente se corresponde con la almendra central.

Madrid no es la primera ciudad que se sube al carro de modificar las leyes para así poner freno al alquiler turístico. Otras capitales mundiales ya lo habían hecho antes, ante las quejas de los ciudadanos al existir una reducción de stock de vivienda de alquiler para larga duración.

Las cuatro claves del nuevo decreto para el alquiler de pisos turísticos:

  1. Este nuevo decreto no incluye a las habitaciones sueltas que se regirán por la ley de Arrendamientos Urbanos.
  2. Todo aquél propietario que ya estuviera inscrito en el registro autonómico tendrán seis meses para adaptarse a los nuevos requisitos.
  3. Los arrendadores necesitarán un seguro de responsabilidad civil y tendrán que informar a los turistas que alquilen el inmueble sobre todos los deberes, normas y derechos.
  4. Además se fijará un ratio máxima de personas alojadas en función del número de metros cuadrados útiles de la vivienda.

Esperamos que este post te haya sido útil y te recordamos que para cualquier duda puedes escribirnos en los comentarios y no tardaremos en contestar.

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