Normas de Accesibilidad en tu Comunidad de Propietarios

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20 Abr Normas de Accesibilidad en tu Comunidad de Propietarios

¿Sabes cuáles son las obligaciones que les competen a las comunidades de propietarios con respecto a la accesibilidad de sus edificios? Nosotros vamos a aclarártelo en este post.

Todos, como personas, debemos de tener los mismos derechos que regulan el respeto y  la convivencia entre nosotros. En ocasiones, algunos arquitectos no tienen en cuenta este pequeño detalle y se construyen edificaciones que impiden o dificultan el acceso de personas con alguna discapacidad y que atenta, por tanto, a su dignidad.

Actualmente un 10% de la población española sufre algún tipo de discapacidad por lo que modificar el entorno arquitectónico para que todos podamos disfrutar de él, se ha convertido en una necesidad de máxima urgencia.

La ley 15/1995 de límites al dominio sobre inmuebles para eliminar barreras arquitectónicas, etablece como obligación para las comunidades de propietarios, la ejecución de obras o dotación de servicios comunes para la supresión de barreras.

Aquellos que solicitan un cambio en su comunidad son, normalmente, personas que lo necesitan o personas que viven con gente que lo requiere. El protocolo suele empezar con la solicitud al Presidente de la Comunidad, apelando al artículo 16.2 de la Ley de de Propiedad Horizontal.

El siguiente paso será celebrar una Junta de Vecinos donde se incluirá una mención a dicha carta y acordar entre todos la ejecución de las obras.

Si el coste de las obras superan las doce mensualidades de gastos comunues, será la Comunidad quien esté obligada a ejecutar y costear las obras de accesibilidad. Si no se consigue una mayoría para la decisión de la Junta, un Juez será el encargado de pronunciarse.

¿Cuáles son las obras que se suelen llevar a cabo?

  • Salvaescaleras. Son una solución práctica y segura para que todas las personas que desean mejorar la movilidad dentro de su hogar , para seguir disfrutando de su vida dentro y fuera de casa.
  • Plataformas elevadoras. Sumamente versátiles ya que pueden instalarse para salvar escaleras curvas, rectas o pequeños desniveles. Pueden instalarse tanto en el interior como en el exterior de las viviendas.
  • Rampas. Sigue siendo habitual encontrarse con escalones en la entrada a algún portal sin que haya ninguna rampa por la que se pueda acceder en silla de ruedas alrededor.
  • Ascensores. Cada vez es más habitual verlo en edificios de propietarios pero sigue habiendo bastantes en las zonas céntricas de las ciudades que no disponen de ellos y eso supone un gran impedimento para muchos vecinos.

 

3 Comments
  • Elena
    Posted at 06:48h, 22 abril Responder

    Buen artículo y muy necesario, felicidades.

    • Elegar
      Posted at 12:45h, 04 octubre Responder

      Muchas gracias!!

  • Patricia
    Posted at 13:02h, 17 agosto Responder

    Muy buen post! Ójla todas las comunidades fueran así de accesibles!

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